sábado, 18 de septiembre de 2010

Libertad y Justicia

Somos seres humanos y vivimos juntos. Esto es un hecho práctico e incuestionable, pero ¿qué es lo que nos hace humanos? y ¿cómo es posible una sociedad justa? Las peores respuestas a estas preguntas son el autoritarismo y el fanatismo, porque en ambas la racionalidad individual declina mecánicamente a favor o en contra de una convención social muy cercana al dogmatismo. Buscar un fundamento o principio no es dogmatismo; en cambio, creer, sin más razón que la autoridad o la costumbre, en un dogma es negar la racionalidad en todo ser humano.
Cabe preguntar, entonces, por qué es tan importante la racionalidad y si ésta es realmente aplicable a la organización social. La racionalidad adquiere importancia al permitirnos la organización del mundo; además, nos distingue de los animales que sólo cuentan con la sensibilidad y el instinto, así como de lo divino que conoce todo sin necesidad de lo empírico, es decir, la racionalidad une nuestras percepciones del mundo con nuestras ideas más abstractas y esa unión se convierte en conocimiento aplicable a nuestra acción. De ahí que, la racionalidad sea la característica intrínseca a todo ser humano que constituye su particular naturaleza intermedia entre el animal y lo divino. El ser humano cuenta con la sensibilidad para percibir el mundo y con el intelecto para ordenar y comprender aquello que percibe. Según asume Kant:
No hay duda alguna de que todo nuestro conocimiento comienza con la experiencia. Pues, ¿cómo podría ser despertada a actuar la facultad de conocer sino mediante objetos que afectan a nuestros sentidos y que ora producen por sí mismos representaciones, ora ponen en movimiento la capacidad del entendimiento para comparar estas representaciones, para enlazarlas o separarlas y para elaborar de este modo la materia bruta de las impresiones sensible con vistas a un conocimiento de los objetos denominado experiencia? Por consiguiente, en el orden temporal, ningún conocimiento precede a la experiencia y todo conocimiento empieza en ella.

De ahí, que para Kant todo conocimiento, es decir, todo axioma de conducta para que la ciencia humana avance debe partir de la síntesis entre las intuiciones espacio-temporales y los conceptos que ordenan dichas intuiciones. Esto es aplicable a las ciencias, pero también al ámbito de la moral. La diferencia es que en el primer caso se trata de conocimiento teórico, mientras que en el segundo caso se trata de conocimiento práctico. Esta distinción es muy importante, pues sin ella se estaría reduciendo el actuar humano a la racionalidad desprovista de las condiciones del momento histórico que envuelve a todo ser humano. Kant cuestiona “si la razón pura por sí sola basta para la determinación de la voluntad o si, sólo como empíricamente condicionada, puede ser ella un fundamento de determinación de la voluntad” , es decir, si es posible la libertad fundada en un principio racional o si estamos determinados por nuestro ambiente.
Es necesario aclarar en qué sentido se puede ser libre siguiendo un principio racional y cuál es ese principio. La libertad, de acuerdo con Kant, se basa en la autodeterminación del individuo, que se da cuando éste se asume como ser racional autónomo. Pues, si sólo sigue las convenciones de la sociedad por la autoridad o la costumbre, no es libre; en cambio, si actúa por la ley moral y no sólo conforme a ella, será libre. Un ejemplo del actuar sólo conforme a la convención social es el cuento “El orgasmógrafo” , pues en él se muestra la caducidad y falibilidad de las reglas sociales.
Un individuo que sólo obedece y actúa conforme a la ley es fácilmente sometible al autoritarismo, ya que niega su racionalidad y cede toda decisión a una autoridad, que debe ser confiable, pero no puede ser infalible. La rebeldía y el no primitivo no son actitudes que eviten el autoritarismo. Entonces, ¿cómo actuar? y ¿en qué fundamentar nuestro actuar? Kant propone la ley fundamental de la razón pura práctica: “Obra de tal modo, que la máxima de tu voluntad pueda valer siempre, al mismo tiempo, como principio de una legislación universal” .
Seguir la ley fundamental de la razón pura práctica no es algo que la sociedad pueda imponer, pues sólo el individuo puede autorregularse y ser libre, en tanto que no se somete más que a sí mismo. Por ello es importante reservar un espacio propio para el ser humano como individuo, pues “si tomamos en cuenta que el mundo moderno se abrió paso distinguiendo las esferas de la acción humana […] que antes se encontraban mezcladas, podemos decir que cualquier intento de confusión entre esas esferas va en contra del proyecto civilizatorio de la modernidad” . Mientras que el reconocimiento de la individualidad prepara las condiciones necesarias para alcanzar los ideales del Iluminismo: la libertad y la justicia.
La convivencia entre individuos libres es la condición indispensable para una sociedad justa, pues sólo un ser racional y libre podrá reconocer y respetar a Otro con base en la dignidad humana que es intrínseca a toda persona. Y entonces, podrá darse un diálogo continuo y permanente que permitirá a la humanidad enfrentar y superar todo dilema que se le presente condicionado por el tiempo y el espacio.
Así que la racionalidad es el valor intrínseco de todo individuo que le confiere dignidad humana; pues lo hace libre y posibilita sociedades justas en cualquier momento histórico o geográfico, así como el avance de estas sociedades y de estos individuos hacia un ideal de humanidad.
Bibliografía
Kant, Immanuel, Crítica de la razón pura, pról., trad., notas e índices de Pedro Ribas, Taurus, México,2006.
——— Crítica de la razón práctica, en Fundamentación de la metafísica de las costumbres,…, La paz perpetua, Porrúa, México, 2007 (Sepan cuantos…, 212).
——— Fundamentación de la metafísica de las costumbres, en …, Crítica de la razón práctica, La paz perpetua, Porrúa, México,2007 (Sepan cuantos…, 212).
Santillán, José Fernández, “Sociedad civil y derechos humanos”, en Letras Libres, febrero 2001, pp. 12-14.
Serna, Enrique, “El orgasmógrafo”, en El orgasmógrafo, Plaza y Janes, México, 2001, pp. 75-126.

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